Según Ley N.° 28731, La madre trabajadora, al final del período postnatal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que el niño tenga un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día.
Esta autorización puede fraccionarse en dos tiempos iguales y será otorgado dentro de su jornada laboral, los descuentos por estos permisos no son aplicables bajo ninguna circunstancia.
La madre trabajadora y el empleador podrán convenir el horario en que se ejercerá dicho derecho. El derecho de lactancia materna no podrá ser compensado ni sustituido por ningún otro beneficio.
Asimismo, se debe señalar que, la hora diaria de permiso por lactancia materna, se considera como efectivamente laborada para todo efecto legal, incluyéndose el goce de la remuneración correspondiente.
